domingo, 31 de enero de 2010

Gualeguaychú: Carta Orgánica sin restricciones

A continuación se transcribe la nota elaborada por los compañeros Américo Schvartzman (Concepción del Uruguay) y Marina Simón (Gualeguaychú), en relación con la convocatoria a elecciones para la redacción de la Carta Orgánica de la vecina ciudad.


Una sociedad es tanto más democrática cuantos más participan de la toma de decisiones en la esfera pública y cuanto más amplia es dicha esfera. Iniciar el camino de la autonomía municipal restringiendo ambas cuestiones –como se propone en Gualeguaychú en relación a la Carta Orgánica– es la peor manera de comenzar a recorrer ese camino.

La democracia ateniense tenía dos características que la hacían única: por un lado, el concepto y ejercicio de ciudadanía más extenso imaginable, q todo ciudadano era, al menos dos veces en su vida adulta, funcionario de la “polis” (electo o por sorteo). Por el otro, la contracara de esa “ciudadanía extensa” era el restrictivo carácter de la condición de ciudadano: había que ser varón, adulto, ateniense y libre (es decir, propietario de esclavos o de terreno), tener entrenamiento militar y no tener deuda propia ni heredada con la ciudad. Estos requisitos excluían a la mayoría de la población, a saber: mujeres, jóvenes, metecos (extranjeros residentes), esclavos, desertores o impedidos de servir militarmente, indigentes, etc.
 
¿A qué viene esta referencia? A que, al parecer, en Gualeguaychú a pesar de las rimbombantes declaraciones de algunos ciudadanos de la polis se pretende redactar la Carta Orgánica con este segundo criterio ateniense.

Quiénes votan y dónde se vota
Norberto Bobbio dice que lo que permite “medir” cuán democrática es una sociedad son dos condiciones: “quiénes votan” (es decir, quiénes ejercen la condición de ciudadanos) y “dónde se vota” (es decir, sobre qué aspectos ejercen esa condición). Cuanto más amplia sea la respuesta a ambas preguntas, más democrática será la sociedad en cuestión. Pensemos que tan democrática podemos hacer nuestra carta orgánica según estos criterios.

La base de la legitimidad

La redacción de una Carta Orgánica es la oportunidad de fundar la institucionalidad municipal sobre bases consensuadas de manera colectiva. Para avanzar en el sentido de las dos condiciones propuestas por Bobbio, el proceso debería involucrar a la mayor cantidad de vecinos y vecinas, y por supuesto, garantizar que todo aquello que pueda ser objeto de las disposiciones a redactar, forme parte de la más amplia discusión.
 
En esa dirección, la voluntad popular es insustituible: ella es la que debe dar el mandato a los redactores de este “pacto social fundacional”. Sustituir - como lamentablemente siguen proponiendo algunos dirigentes- la soberana decisión de las ciudadanas y los ciudadanos por una lista “única, o de unidad” configura una situación proscriptiva de la participación ciudadana. Este procedimiento de lista única sin exagerar puede calificarse de “pre-representativo”, al estar sustituyendo el voto popular -la única decisión ciudadana que otorga la legitimidad constituyente- por un supuesto consenso entre funcionarios elegidos para desempeñar otras tareas, y dirigentes partidarios sin mandato popular al respecto. El planteo de una lista única anula las elecciones e implica una grave ilegitimidad inicial en el proceso, que podría (y probablemente debería) ser atacada jurídicamente en defensa de nuestros derechos constitucionales.

Otra iniciativa igualmente ilegítima, que atenta contra las condiciones de democracias antes mencionadas, es la construcción de un borrador único “de consenso” por parte de una mesa chica. Se trata de una iniciativa que se propone acotar el campo de debate y discusión de la convención constituyente municipal, nada menos que el órgano soberano de la autonomía reconocida por la Constitución Nacional. Todos los ciudadanos y todas las ONGs tienen la libertad y el deber de remitir proyectos que sean tratados por la convención constituyente elegida por el pueblo a tal fin, sin la necesidad de pasar por el filtro de una mesa chica de dudosa legitimidad.
 
Pretender reemplazar la elección popular por una “mera formalidad” que “legitime” las decisiones tomadas antes por una “mesa chica” es, con toda claridad, antidemocrático. Quizás los proponedores de estos “consensos” no hayan alcanzado a dimensionar la gravedad del planteo que realizan.

Ad honorem: ciudadanía para pocos
Otro aspecto no menos preocupante contenido la ordenanza a través de la cual se convoca a la Convención es el carácter altamente restrictivo en dos aspectos notorios: el primero, en lo que se refiere a infraestructura. No se contribuye a crear el contexto para que los constituyentes puedan hacer un trabajo acorde a la responsabilidad en ciernes. Tampoco se prevén espacios de oficina y de reunión fuera de las sesiones.
 
El segundo aspecto elitista, restrictivo y antidemocrático se contiene en la propuesta de que los convencionales realicen su labor ad-honorem. Este artículo resulta discriminatorio para todos aquellos ciudadanos que no perciben sueldos del Estado y pueden argumentar carga pública. Parecería que para acceder al dictado de la carta orgánica de Gualeguaychú hay que ser un ciudadano ateniense. Los trabajadores en general, los jornaleros, los trabajadores autónomos y los comerciantes que no poseen este tipo de flexibilidades quedan sin la posibilidad de representar a sus conciudadanos.
 
¿Cuál es la razón por la cual impulsa esta medida la dirigencia política local, que por supuesto está remunerada en sus funciones públicas? ¿Es que imaginan una convención “de mentirita”, con convencionales que se sienten un par de veces en sus bancas, y levanten sus manos para “blanquear” lo que ya resolvió una “mesa chica” que no fue elegida por el voto ciudadano?
 
Podrían enumerarse cientos de puntos negativos sobre esta propuesta, conocidos por la experiencia cercana y por la historia política: favorece que no exista renovación en la política, ya que sólo pueden participar aquellos que siempre lo hacen. Impide el acceso a los ámbitos de decisión de todos aquellos que no sean propietarios, “dueños del dinero” o burócratas de carrera al servicio del poder político en cualquiera de sus formas. Favorece la corrupción y la apatía. Atenta contra la igualdad de oportunidades y contra la participación ciudadana.
 
Podríamos legítimamente preguntar por qué razón se propone esta medida sólo para los convencionales, y no para el intendente, sus secretarios y todos los concejales. ¿Cuál es la respuesta que se le brindará a quien acuse a la dirigencia de querer cerrar el camino a todo aquel que no pertenezca a esa misma dirigencia? Y finalmente ¿qué explicación se dará al hecho insoslayable de que la dirigencia política de Gualeguaychú cercena de manera definitiva la posibilidad de que un trabajador pueda ser redactor de la Carta Orgánica Municipal?

Tiempo de diálogo
El Centro Socialista de Gualeguaychú elevó propuestas para que el HCD elimine o disminuya las restricciones mencionadas, sin incurrir en gastos excesivos para la comuna. El Partido Socialista participa de manera constructiva, honesta y activa del diálogo al que fue convocado y celebra el disenso respetuoso porque entiende que es el motor de la democracia y del progreso social. Con idéntica convicción y firmeza, hace conocer estas observaciones en relación a cuestiones restrictivas que minan la legitimidad del proceso en sus mismos prolegómenos.
 
El socialismo entiende la democracia no sólo como un sistema político sino también como una forma de vida, y por eso la concibe no sólo a través de la forma “representativa” expresada en el viejo constitucionalismo liberal, sino (y sobre todo) “participativa”, a través del incremento de la participación popular y de la ampliación progresiva del universo de decisores. No existe la sociedad democrática ideal, una sociedad será tanto más democrática cuantos más sean los que participen de la toma de decisiones en la esfera pública y cuanto más amplia sea dicha esfera de decisiones. Iniciar la vigencia de la autonomía municipal restringiendo ambas cuestiones –como se propone en Gualeguaychú en relación a la Carta Orgánica– no es la mejor manera de comenzar a recorrer ese camino.