PUBLICADO EN EL DIARIO DE PARANÁ
Américo Schvartzman (*)
Menuda paradoja, la reforma de la Constitución entrerriana.¿Tiene sentido, en el marco de un gobierno provincial que está habituado a manipular las instituciones a su arbitrio en función de sus conveniencias? Es la pregunta del millón, aunque buena parte del millón de entrerrianos no le ha dado (hasta ahora) señales de atención a ese mismo gobierno para que cambie su accionar.Para los socialistas, nunca hubo mayores dudas: siempre fuimos reformistas, en muchos aspectos. Sin embargo, es necesario señalar con el mismo énfasis la necesidad de que sus preceptos rijan en la realidad cotidiana.Sin duda, tendríamos una provincia mucho más cercana a la soñada por Ramírez y Artigas, si se cumpliera lo que se lee casi como letra muerta desde 1933. Un ejemplo de ello, antipático para algunos sectores, está en el artículo 7º, que se infringe a la vista de todos, cada día: “El Estado no podrá dictar leyes ni otras medidas que restrinjan o protejan culto alguno”. Es Entre Ríos el único territorio provincial de este país en el que la religión (cualquiera sea) se encuentra absolutamente separada del Estado. Pero no hay ley provincial que regule este artículo. Por eso abundan los símbolos religiosos en las escuelas, que son de todos, de los creyentes en cualquier dios y también de quienes no creen en ninguno.Otro artículo (el 43) manda que al establecer las leyes tributarias, se apuntará a impuestos directos a la riqueza y a los artículos superfluos, propendiendo “a la eliminación paulatina” de los impuestos indirectos que gravan el consumo de los bienes de primera necesidad. En cambio el Estado grava el consumo en los servicios, consagrando la peor de las inequidades, al cobrarles lo mismo a quienes están en distintas condiciones.Según el 21, la ley reglamentará “las bases y tribunales administrativos para regular el ingreso, los ascensos, remociones, traslados e incompatibilidades”. ¿Alguien ignora cómo se ingresa al Estado provincial o municipal, naturalizados el amiguismo politiquero o familiar?
VALIOSA OPORTUNIDAD. Esta instancia es una oportunidad valiosa para consagrar, por ejemplo, la participación ciudadana. Sacar de la órbita de la arbitraria decisión de turno aquellos temas que hacen a la calidad de vida de los ciudadanos. ¿No sería trascendente que la Constitución estableciera la designación transparente de los titulares de áreas prioritarias para la vida cívica, como los directores departamentales de salud, hospitales, escuelas, vialidad, vivienda, así como los jefes de policía? ¿No sería un gran paso hacia adelante que la Carta Magna de la provincia ordenara que se acceda a esos cargos a través de concursos públicos de oposición y antecedentes o mediante el voto popular, y no por el sistema actual, que surge del dedo del cacique de turno?¿Qué duda cabe de que debemos ir hacia una Constitución moderna, que garantice los derechos humanos, medioambientales y de las personas con capacidades diferentes? ¿Alguien se opone a que se incluyan los controles que obliguen al Estado a dar amplia difusión de todos los actos de gobierno? Quienes hablan de democracia y modernidad, ¿pueden oponerse a que haya participación ciudadana en la dirección de los organismos centralizados y descentralizados, única garantía contra la corruptela?Incorporar los derechos de los consumidores y usuarios; los intereses difusos colectivos y su tutela; garantizar la libertad de acceso a la información pública; crear el Defensor del Pueblo e instrumentos de democracia semidirecta; la descentralización de decisiones y recursos y la autonomía municipal, todo ello forma parte de la agenda de la democracia moderna y se impuso a contrapelo de los mandamases locales. Nadie obviaría, en pleno siglo XXI, instancias concretas de participación, control y gestión ciudadana. De hecho, hasta los candidatos a constituyentes del PJ recorren las ciudades proponiendo estos mecanismos, ignorados y despreciados todos los días por quien encabeza su propia lista.
¿PARA QUÉ LA REFORMA? El debate de fondo no es la reelección o la segunda vuelta, por supuesto. No es razonable pretender que las modificaciones en el articulado de la Constitución, una vez concretadas, conlleven solución a los problemas. Pero lo que no admite ningún argumento es la mora en poner en práctica lo que establece desde hace más de 70 años nuestra Biblia cívica. ¿Significa esto que no es necesario reformarla?No, sin duda. Cumplirla ya sería un gran avance. Pero no basta.Y, además, se ha de recordar que no alcanza con que esté escrito. Recordemos: en agosto de 2006 se reformó la Ley 3001. El objetivo era la reelección de los intendentes, pero para disimular se incorporaron propuestas avanzadas como el presupuesto participativo. Hace ya más de un año. ¿Se sabe de algún municipio que haya dado pasos para ponerlo en práctica? Si la ley se hace al mismo tiempo que la trampa, es difícil que signifique avances.Pero entonces ¿para qué la Reforma?, ¿vale la pena?Claro que sí. Siempre vale la pena hacer avanzar la rueda de la historia, aunque sea unos pocos milímetros. Estas líneas no sustentan lo contrario, sino que advierten sobre lo vano que es modificar nuestra Constitución si después no hay participación ciudadana que lo exija, si no hay leyes que regulen esas aspiraciones, y por el contrario desde el gobierno se habilitan subterfugios para eludirlas. Para ello, no sólo es necesario votar candidatos a constituyentes que se comprometan a impulsar cambios: es preciso respaldar a candidatos presidenciales y a legisladores que expresen el mismo compromiso. Sin ello no habrá avances.
(*) PERIODISTA Y DOCENTE DE CONCEPCIÓN DEL URUGUAY. CANDIDATO A CONVENCIONAL CONSTITUYENTE POR EL PARTIDO SOCIALISTA/COALICIÓN CÍVICA EN TERCER TÉRMINO.